EL CIMMGM INFORMA
Por: Armando Ernesto Alatorre Campos, Vicepresidente
Código Mexicano de Recursos y Reservas Minerales. (Código CMRRM)
Estatus del avance a octubre 2025
Por un lado, México es un gran país minero reconocido mundialmente por sus grandes yacimientos, potencial aún no suficientemente explorado, tener niveles relevantes de producción en 22 minerales distintos: nueve metales (plata, molibdeno, cadmio, zinc, plomo, oro, cobre, manganeso y fierro) así como 13 minerales y rocas industriales (fluorita, wollastonita, sulfato de sodio, celestita, barita, sulfato de magnesio, diatomita, yeso, sal, caolín, grafito, arena sílica y fosforita); además de todos los esfuerzos realizados en materia ambiental y social de las últimas décadas. Sin embargo, todavía se tenía el pendiente de contar con un instrumento, como los que existen en las grandes naciones mineras del planeta, que hiciera transparente y confiable los informes públicos sobre recursos, reservas y leyes.
Desde 1994 existe el Committee for Mineral Reserves International Reporting Standards (CRIRSCO), que, en la actualidad, encabeza y dirige los esfuerzos de la industria minera del planeta a fin de contar con instrumentos que avalen de manera muy profesional, honesta y transparente los informes públicos sobre los que los inversionistas basan sus decisiones y reducir al mínimo posible los fraudes financieros; el muy lamentable Bre-X como ejemplo más conocido. Bajo el auspicio de CRIRSCO, hoy, existen 15 países que cuentan con un código sobre informes públicos de recursos y reservas minerales; de esos documentos, los más conocidos son el famoso NI43-101 (Canadá), el JORC (Australia), el SAMREC (Sudáfrica) y el SME Guide (Estados Unidos) aunque, Brasil, Chile, Colombia, Europa (6 regiones), Filipinas, India, Indonesia, Kazakstán, Mongolia, Turquía y Rusia también han desarrollado sus sistemas. Un aspecto fundamental de estos 15 códigos es que todos absolutamente están alineados a una guía de CRIRSCO llamada International Reporting Template de donde se desprenden y uniformizan las definiciones de que características deben reunir los tonelajes para ser llamados, en algunas ocasiones, recursos minerales y, en otras, reservas minerales, así como, también, establece las características mínimas que deben tener las personas que elaboran, firman y son técnica y legalmente responsables de esos informes. Este Template es el concreto que une y da fuerza a los 15 códigos mencionados.
Derivado de los dos comentarios anteriores, el Colegio de Ingenieros de Minas, Metalurgistas y Geólogos de México (CIMMGM) se fijó el objetivo de crear un código para nuestro país, totalmente alineado a CRIRSCO y, en consecuencia, equiparable a los 15 mencionados anteriormente. El primer paso se dio a mediados de octubre de 2024 con la firma de un Memorando de Entendimiento (MoU) entre CRIRSCO y el Colegio para sentar la base de trabajo colaborativo. A partir de ahí se formó un equipo de trabajo con tres miembros del mismo Colegio, dos de la Asociación de Ingenieros de Minas, Metalurgistas y Geólogos de México (AIMMGM), uno del Servicio Geológico Mexicano (SGM) y otro más de la Cámara Minera de México (CAMIMEX); de ese grupo de siete colaboradores, cuatro cuentan con el reconocimiento de las contrapartes en Canadá o Estados Unidos, lo que da mayor certeza al trabajo que se viene elaborando.
Este equipo ya tiene totalmente elaborada la propuesta del Código Mexicano de Recursos y Reservas Minerales, de aquí en adelante Código CMRRM o simplemente CMRRM, con 102 páginas de extensión, que actualmente se encuentra en una revisión de estilo y redacción, después se hará la traducción al inglés a fin de llevarlo a aprobación del comité que CRIRSCO determine para tal efecto. En paralelo, se está trabajando en una revisión del código de ética del CIMMMGM, a fin de adecuarlo, en caso necesario, a los de los 15 países citados; esta parte ética es requisito sine qua non para el buen funcionamiento de cualquier código de recursos y reservas minerales.
| Capítulos | |
| Prefacio | |
| Antecedentes | |
| Glosario | |
| 1 | Introducción |
| 2 | Alcance |
| 3 | Competencia y Responsabilidad |
| 4 | Terminología del Informe |
| 5 | Informe de Objetivos de Exploración |
| 6 | Informe de Resultados de Exploración |
| 7 | Informe de Recursos Minerales |
| 8 | Informe de Reservas Minerales |
| 9 | Estudios Técnicos |
| 10 | Informe de Leyes Equivalentes |
| 11 | Precios y Comercialización de los Minerales |
| 12 | Permisos y Requerimientos Legales |
| 13 | Consideraciones sobre Sostenibilidad (ESG) |
| 14 | Informe de Rellenos Mineralizados, Remanentes, Pilares, Mineralización de Baja Ley, pilas de almacenamiento, Jales, Colas y Tepetateras |
| 15 | Informe de Resultados de Exploración, Recursos y Reservas Minerales de Carbón |
| 16 | Informe de Resultados de Exploración, Recursos y Reservas Minerales para Piedras Preciosas y Semipreciosas |
| 17 | Informe de Resultados de Exploración, Recursos y Reservas Minerales de Minerales y Rocas Industriales |
| 18 | Informe de Resultados de Exploración, Recursos y Reservas Minerales de Rocas Dimensionables |
| Tabla 1 | Lista de Verificación de Criterios de Evaluación y Presentación de Informes Públicos |
| Tabla 2 | Guía para los Estudios Técnicos |
| Apéndice 1 | Formato de Consentimiento de la persona Competente que Refrenda los Documentos y Estudios |
| Apéndice 2 | Declaraciones de Conformidad |
Los capítulos 1 al 18 constan de los elementos claves del CRMMR identificados como “Código”, de criterios complementarios o de aclaración llamados “Guía” y de “Definiciones” que deberán seguirse al pie de la letra. Además, de particular importancia para los ingenieros geólogos, mineros y metalurgistas del país, está el capítulo 3, donde se define, entre otras cosas, que las personas que elaboran, firman y son técnica y legalmente responsables de esos informes públicos serán denominados Profesional Competente (PC) quien “se ha dedicado a desarrollar su carrera profesional en funciones relacionadas con la prospección, exploración, explotación y beneficio de minerales que se encuentran registrados en el CIMMGM, sujetos a su código de ética”, que cuente con mínimo de 10 años de experiencia general en el sector minero e incluyan, un mínimo de 5 años de experiencia relevante en la actividad que se está desempeñando. Para este fin, el CIMMGM está trabajando, igual, en los procesos de acreditación para Profesionales Competentes.
Se confía en tener el CMRRM funcionando completamente, con la aprobación de CRIRSCO y avales de la Secretaría de Economía y de la Bolsa Mexicana de Valores en algún momento del 2026; tan solo como comparativo, a excepción de Colombia, ninguno de los países reconocidos por CRIRSCO ha implementado su código en menos de dos años.
