Noticias Legales de interés para la minería
Por: Karina Rodríguez Matus*

I. Publicaciones Relevantes en el Diario Oficial de la Federación
Constitucional
- Reformas a los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, y se adiciona al artículo 134, un párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. DOF. 23 abril 2026.
- Reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio. DOF. 6 mayo 2026.
Minería
- Programa Institucional del Servicio Geológico Mexicano 2026-2030. DOF. 20 abril 2026.
- Programa Institucional del Fideicomiso de Fomento Minero 2026-2030. DOF. 13 mayo 2026.
- Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora administrativa para trámites que se realizan ante la Secretaría de Economía en actividades extractivas. DOF. 22 mayo 2026.
Energía
- Acuerdo de la Comisión Nacional de Energía por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General para la generación de energía eléctrica en la modalidad de Cogeneración. DOF 16 abril 2026
- Acuerdo de la Comisión Nacional de Energía por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General para la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional. DOF 16 abril 2026
- Manual de Organización General de la Secretaría de Energía. DOF 27 abril 2026
- Lineamientos para la implementación de la Ventanilla Única de Autoconsumo para la atención prioritaria, expedita y simultánea de trámites asociados a la generación de energía eléctrica bajo la figura de Autoconsumo. DOF. 8 mayo 2026.
Medio Ambiente.
- Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano 2026-2030. DOF 14 abril 2026
General
- Creación del Servicio Universal de Salud del Gobierno de México. DOF 17 abril 2026
- Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. DOF 28 abril 2026
- Reformas a la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral. DOF 1 mayo 2026.
- Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; a la Ley de Comercio Exterior y a la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación laboral para la agroexportación y protección de los ecosistemas forestales. DOF 1 mayo 2026.
- Decreto para la autorización inmediata de inversiones. DOF 2 mayo 2026.
- Reforma al artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública. DOF 7 mayo 2026.
II. Noticias Relevantes De La Corte
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó la protección del medio ambiente en la zona del Lago de Texcoco al confirmar la validez del decreto que la declara como área natural protegida. A pesar de las objeciones de ejidos del municipio de Atenco, que argumentaron que la medida vulneraba su derecho a la propiedad agraria, la Corte reiteró que la propiedad de la tierra pertenece a la Nación, la cual puede imponer restricciones en pro del interés público, como la protección ambiental. La SCJN destacó que los ejidos fueron debidamente informados y escuchados durante el proceso, y que pueden continuar realizando actividades agrícolas de manera sustentable.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el procedimiento sancionador establecido en la Ley de la Industria Eléctrica, garantizando el derecho de audiencia y la seguridad jurídica en los procesos administrativos. Esto se dio en el contexto de un juicio de amparo promovido por una empresa multada por incumplir obligaciones de adquisición de potencia.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la demanda de amparo presentada por una persona indígena zapoteca que fue excluida del proceso de admisión a una licenciatura en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. A pesar de haber presentado el examen de admisión, la persona no fue incluida en la lista de preseleccionados. Inicialmente, un juzgado de distrito desechó la demanda al considerar que los actos impugnados no constituían actos de autoridad, sino que correspondían a un plano de coordinación. Sin embargo, la SCJN determinó que esta decisión era incorrecta, argumentando que el concepto de “autoridad responsable” ha evolucionado para considerar el contenido y los efectos de los actos en la esfera jurídica de las personas. En el contexto universitario, es necesario evaluar la naturaleza de las instituciones y sus marcos normativos, dado que ciertas acciones pueden equipararse al ejercicio de autoridad. Por lo tanto, se ordenó revocar el acuerdo que desechó la demanda de amparo e instruyó al juzgado de distrito a admitirla, permitiendo así el control constitucional sobre el caso.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que, de acuerdo con el artículo 113-I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), las personas contribuyentes que omitan tres o más pagos mensuales o no presenten su declaración anual perderán su estatus de régimen simplificado (RESICO) y deberán tributar conforme a otros regímenes fiscales. La SCJN determinó que dicho cambio de régimen se aplica de manera inmediata tras el incumplimiento, sin necesidad de un acto de autoridad adicional que lo notifique. Este criterio responde a una contradicción anterior entre las Salas del Tribunal y establece que el incumplimiento genera automáticamente la actualización de las obligaciones fiscales del contribuyente.
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fortaleció la protección del honor frente a acusaciones falsas entre particulares, al establecer criterios importantes sobre el daño moral y la reparación integral en el marco de la libertad de expresión. Este pronunciamiento derivó de un conflicto familiar relacionado con un proceso de divorcio y custodia, en el cual un padre pagó por la publicación de acusaciones infundadas contra su exesposa, afirmando que había sustraído ilegalmente a su hija y que la mantenía “secuestrada”, a pesar de que estas afirmaciones fueron desestimadas por las autoridades. Las mujeres afectadas promovieron un juicio civil por daño moral, y los tribunales locales concluyeron que las acusaciones eran falsas, ordenando al responsable pagar una indemnización. Sin embargo, ambas partes interpusieron juicios de amparo: las víctimas cuestionaron el monto de la indemnización, mientras que el autor de la publicación buscó disminuir su responsabilidad. La SCJN subrayó que el daño moral afecta derechos no económicos, como el honor y la dignidad, y que su reparación debe ser equitativa y razonable. Además, se determinó que no era necesaria una prueba directa del sufrimiento, ya que el daño puede inferirse de las circunstancias del hecho. La Corte observó que la indemnización había sido fijada de manera restrictiva, considerando factores que no eran pertinentes, como la ausencia de pérdidas económicas para las víctimas y la relación entre las partes. Por lo tanto, se ordenó una nueva cuantificación de la reparación, destacando que esta no debe ser tan onerosa que desaliente la participación en el debate público o genere autocensura. En el amparo del autor de la publicación, la SCJN rechazó la protección solicitada, reafirmando que la libertad de expresión no ampara la difusión de acusaciones falsas que dañan gravemente el honor de otros. Así, la SCJN reafirma que la libertad de expresión tiene límites constitucionales cuando se vulneran derechos como el honor y la dignidad y refuerza la necesidad de asegurar reparaciones integrales para víctimas de daño moral, manteniendo un equilibrio con la protección del debate público.
*Rodriguez Matus & Feregrino Abogados. Santa Mónica No. 14. Col. Del Valle. CP. 03100. Ciudad de México.
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